Se autoriza al Ministro de Trabajo y Asuntos Sociales, previo crónica de la Comisión Doméstico de Seguridad y Salud en el Trabajo, a dictar cuantas disposiciones sean necesarias para la aplicación y desarrollo de este Real Decreto, Vencedorí como para las adaptaciones de carácter estrictamente técnico de sus anexos en https://elizabethz959grb5.creacionblog.com/profile